Entradas

Mostrando las entradas de 2022

PODER CONSTITUYENTE Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Imagen
Poder Constituyente originario fundacional, refundacional y derivado. Participación ciudadana.  Análisis de los artículos 31°, 32° y 206° de la Constitución Política del Perú, de la Ley N° 26300, modificado por Ley 31399. Clip al siguiente link: Análisis del Poder Constituyente

“EL PODER DE LOS VOTOS Y NO EL DE LAS RAZONES JURÍDICAS”

Imagen
El Nuevo Código Procesal Constitucional – Ley N° 31307, es manifiestamente contraria a la Constitución y que cuando ha sido sometida a control del Tribunal Constitucional mediante un proceso de inconstitucionalidad (Exp. 00025-2021-PI/TC y 00028-2021-PI/TC), tres magistrados, en una motivación sin ningún sustento y tan sólo de tres párrafos, han hecho posible que dicha ley, pese a su inconstitucionalidad, se aplique sin ningún cuestionamiento. De lo afirmado por la magistrada Ledesma Narváez en el voto singular que expuso en el Expediente N° 02252-2019-PHC/TC respecto a la alegación de un abogado que sostuvo que el Tribunal Constitucional ya no existe; aprovecho para plasmar su argumentación jurídica en cuanto a la forma en como se ha desarrollado el proceso de etapas del procedimiento legislativo para aprobar el Nuevo Código Procesal Constitucional, lo que a todas luces es un argumento válido (de forma), partiendo del bloque de constitucionalidad que regula el procedimiento para apr...

MEDIANTE EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY N° 31433, MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 9, 10, 13, 20, 29 Y 41 DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972 E INCORPORAN EL ARTÍCULO 19-A EN LA CITADA NORMA.

Imagen
LO RELEVANTE: El CONCEJO MUNICIPAL integrado por los regidores tendrán asignado los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para fiscalizar la gestión pública de la Municipalidad, los recursos a utilizarse serán los que corresponden al monto que era asignado al Órgano de Control Institucional para el pago de profesionales, previo a la incorporación de estos a la Contraloría General de la Republica. Las municipalidades distritales que no cuenten con órgano de control institucional destinarán a los regidores municipales un mínimo de 0.5% del presupuesto devengado en el año precedente, para lo cual quedan autorizados para realizar las modificaciones presupuestales establecidas en la normativa vigente. Los regidores quedan obligados a presentar un balance semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizado durante ese periodo, dicha rendición esta supeditada al procedimiento que establezca ...

¿CUÁNTOS DÍAS DE LICENCIA DEBERÁ OTORGARSE AL TRABAJADOR EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE DE UN FAMILIAR DIRECTO?

Imagen
El empleador deberá conceder siete (7) días calendario de licencia a trabajador en caso de que uno de sus hijos sufra un accidente grave que haya puesto en serio e inminente riesgo su vida. Además, de requerirse días adicionales, se concederá una ampliación a cuenta del descanso vacacional, el cual podrá ser de hasta treinta (30) días. Igualmente, podrá convenirse con el empleador días adicionales a cuenta de horas extraordinarias de labores. Para mejor entender, se plantea el siguiente caso: "El hijo de un trabajador lamentablemente sufre un grave accidente que requiere hospitalización y que ha comprometido seriamente su vida. Ante ello, se nos consulta cuántos días de licencia estará el empleador obligado a conceder al trabajador y si, incluso, deberá otorgarle vacaciones inmediatas" Se tiene que, la Ley que concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave, Ley N° 30012...

NO ESTA PROHIBIDO RECIBIR AL MISMO TIEMPO PENSIÓN D.L 20530 Y LEY 29990, Y REMUNERACIÓN POR SERVICIOS PRESTADO AL ESTADO

Imagen
De acuerdo a las reglas establecidas por el Tribunal Constitucional, no esta prohibido recibir al mismo tiempo, ingreso por pensión de jubilación y remuneración por prestar servicio al Estado; es decir, un jubilado puede recibir su pensión y remuneración del Estado, sin recaer en la responsabilidad de doble percepción del Estado. Siendo el caso, el Tribunal Constitucional en el Pleno. Sentencia 1/2022 del Expediente N° 03432-2018-PA/TC fundamento 13 Vea Sentencia , ha establecido como precedente vinculante lo siguiente: En el caso que el pensionista de jubilación o cesantía decida reincorporarse al servicio del Estado, la Administración Pública observará las siguientes reglas: Regla sustancial 1: No existirá incompatibilidad entre la percepción simultanea de la pensión de jubilación o cesantía de los regímenes del Decreto Ley 20530 y Ley 29990, y la remuneración por servicios prestados al Estado, sean docentes o de cualquier índole.  Regla sustancial 2: La Administración pública no...

ALCANCES DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

Imagen
Cuando nos referimos a un proceso contencioso tributario, este nace de un acto realizado por la Administración Tributaria que no es aceptado por el Contribuyente, el mismo que puede ser reclamable o apelable, respectivamente. (Artículo 132 Código Tributario – Sujetos Legitimados) ¿Cuáles son las etapas del procedimiento contencioso tributario? a)      La Reclamación ante la Administración Tributaria. b)      La Apelación ante el Tribunal Fiscal. Cuando la resolución sobre las reclamaciones haya sido emitida por órgano sometido a jerarquía, los reclamantes deberán apelar ante el superior jerárquico antes de recurrir al Tribunal Fiscal. En ningún caso podrá haber más de dos instancias antes de recurrir al Tribunal Fiscal. ¿Cuáles son los actos reclamables? a)      Resolución de Determinación. b)      Orden de Pago. c)       Resolución ficta sobre recursos no contencioso. ...

INEMBARGABILIDAD DE LAS REMUNERACIONES Y LOS BIENES INEMBARGABLES

Imagen
Hace unos meses la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), descontó de un cliente, que desconocía tener deuda, la suma de S/ 1800.00 soles, de su sueldo como tercero donde percibía S/ 2000.00 soles; lo acotado se encuentra ahora prohibido según la interpretación y efecto vinculante de sentencias emitidas por el máximo interprete de la Ley de Leyes. Mediante Sentencia recaída en el Expediente N° 00645-2013-PA/TC, el Tribunal Constitucional (TC) amplió los criterios de inembargabilidad de las remuneraciones de los trabajadores dependientes a los ingresos y honorarios por locación de servicios. Para el máximo colegiado, si bien es cierto que las normas tributarias y laborales se diferencian entre la remuneración, que es percibida por un trabajador subordinado, y los honorarios profesionales o la retribución de un trabajador independiente o locador de servicios; para efectos de embargos, deberán considerarse como conceptos similares. Siendo así, privilegia el am...

COMERCIO AMBULATORIO Y SU CONSTITUCIONALIDAD EN EL PERÚ

Imagen
Encuéntrenos en el siguiente link: https://fb.watch/5l5eL-Fzq-/ Comercio Ambulatorio, estructura del tema: - Realidad social. - Límites. - Un paso a la legalidad. - Aspectos constitucionales.

AMPLIACIÓN DE PLAZO CONTRACTUAL EN CASO DE BIENES AMPARADO EN LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

Imagen
Caso practico: Municipalidad Provincial de Cañete (Planta de Oxigeno) Contáctanos en el siguientes link: https://fb.watch/5mA4bFlTQh/  

ANÁLISIS DEL CONTROL DIFUSO ADMINISTRATIVO. UNA POSTURA A FAVOR DEL PRECEDENTE CONSTITUCIONAL EN LA STC N° 04293-2012-PA/TC

Imagen
En el actual marco constitucional, los Tribunales Administrativos no pueden aplicar control difuso administrativo. Ante todo, debemos dejar en claro que nuestro estado de derecho democrático vela por la estabilidad y seguridad jurídicas, de ello se desprende el entorno de instituciones tutelares y organismos con reconocimiento constitucional que protegen el respeto en primacía de la Constitución, leyes y normas reglamentarias. Es así, que en una interpretación anterior del Tribunal Constitucional (STC N° 3741-2004-AA/TC) se realizó un análisis sobre control difuso, extendiéndose a los tribunales administrativos, posteriormente el propio tribunal dejó sin efecto dicha aplicación (STC N° 04293-2012-PA/TC), estando entonces las entidades del estado, tribunales administrativos, limitados a aplicar la norma sin poder realizar una interpretación extensiva de la Constitución, que sólo se extiende constitucionalmente al Tribunal Constitucional y al Poder Judicial. Ahora, resulta claro que en a...